Tu empresa puede pasar de un régimen a otro —de NRUS a RER, de RER a RMT o General, o al revés según corresponda. El acogimiento o cambio se hace ante SUNAT; en Yupai actualizas tu régimen para que el motor tributario y la interfaz se adapten: cambia cómo se calculan tus impuestos, qué obligaciones aparecen y qué tan detallada es tu pantalla.
Importante: cambiar el régimen en Yupai refleja una decisión que tomas ante SUNAT; no la realiza por ti. Coordina con tu contador el momento y los requisitos del cambio antes de actualizarlo aquí.
- Haber definido con tu contador a qué régimen pasas y desde qué período.
- Tu período actual conciliado y declarado (evita cambiar a mitad de un cierre abierto).
01Antes de cambiar, simula
Si dudas de qué régimen te conviene, usa el Simulador de escenarios antes de decidir. Compara tu carga tributaria actual con la de otro régimen sin tocar tus datos reales. Lo explicamos en ¿Qué régimen me conviene?.
02Actualiza tu régimen en Yupai
Entra a la configuración de tu empresa
Desde el menú lateral abre Configuración → Empresa y ubica el dato Régimen tributario.
Elige el nuevo régimen
Selecciona entre NRUS, RER, RMT o General. Yupai te muestra qué cambia: nuevas obligaciones, IGV, libros o pago a cuenta de Renta según el régimen elegido.Indica desde qué período aplica
El cambio rige a partir del período que señales. Los meses anteriores se mantienen con las reglas que tenían.
El motor tributario está versionado por período: cambiar tu régimen hoy no recalcula meses ya declarados con otro régimen.
Confirma
Revisa el resumen del cambio y confírmalo. La interfaz se adapta sola al nuevo régimen.03Qué cambia después del cambio
- Cálculo de impuestos: Yupai aplica las reglas del régimen vigente al nuevo período.
- La interfaz se simplifica o se vuelve más densa: NRUS muestra prácticamente una cuota; RER suma IGV y SIRE; RMT añade el cierre anual y contabilidad; General lo incluye todo.
- Obligaciones del período: en Presentar a SUNAT aparecen o desaparecen documentos (por ejemplo, RVIE/RCE o PLE) según lo que exige tu nuevo régimen.
Tip: tras el cambio, revisa el período en Presentar a SUNAT para confirmar que las obligaciones que ves coinciden con lo acordado con tu contador.